Los diputados de la XVII legislatura aprobaron reformas para adicionar el artículo 34 bis a la ley de los trabajadores al servicio de los tres poderes del estado, de los órganos descentralizados y de los ayuntamientos.
Para otórgales el derecho a la denominada “desconexión digital” para garantizarles el respeto a sus tiempos de descanso.
Esa nueva legislación les permite ignorar y no responder las llamadas o mensajes por cualquier dispositivo cuando se encuentre fuera de su jornada laboral establecida.
Así como dentro de sus tiempos libres o permisos. De acuerdo al decreto emitido en sesión ordinaria del pleno legislativo.
El decreto emitido entrara en vigor al publicarse en periódico oficial.
Este menciona que deberá elaborarse un reglamento en donde, entre otras cosas, se establezcan sanciones para los jefes jerárquicos que violente este derecho de sus colaboradores.
Estas disposiciones legales se aprueban al consideras que las personas trabajadoras tienen derecho a la desconexión digital. Para a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
Se entiende por desconexión digital aquel derecho que tienen las personas trabajadoras a no tener contacto o participar, por cualquier medio digital, en ninguna clase de actividad relacionada con su quehacer laboral.
Esto en horarios fuera de la jornada legal o convencionalmente establecida que corresponda o en sus tiempos de descanso, dice la minuta decretada.