La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad las reformas electorales impulsadas por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, conocidas como “Plan B”, por considerar que se cometieron violaciones graves al procedimiento legislativo durante el proceso de aprobación.

Con 9 votos a favor y dos en contra, el Pleno de la Suprema Corte votó a favor del proyecto de sentencia presentado hace una semana por el ministro Javier Laynez Potisek, logrando incluso el voto adicional del ministro Arturo Zaldívar por la invalidez del decreto que reformó  las Leyes General de Instituciones y Procedimientos Electorales, General de Partidos Políticos, Orgánica del Poder Judicial de la Federación y General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, las cuales estaban vigentes desde el pasado 2 de marzo.

Al momento de presentar su proyecto de sentencia, el ministro Laynez reiteró que hubo violaciones graves al procedimiento legislativo como la falta de fundamentación y motivación para la dispensa de trámites parlamentarios al momento de aprobar la iniciativa.

De igual forma, se acreditó que las iniciativas correspondientes a las citadas reformas no se publicaron con la debida anticipación en el orden del día ni en la Gaceta Parlamentaria, ya que el tema se sumó a la sesión por un acuerdo de la Junta de Coordinación Política, pero sin que se haya acreditado que la iniciativa de ley del llamado “Plan B” se distribuyó entre todos los legisladores.

Adicionalmente, se cometió una violación grave al procedimiento legislativo al cambiar la iniciativa de ley que había sido aprobada previamente por los propios legisladores, ya que hubo dos publicaciones de la reforma electoral que se aprobó en la Cámara de Diputados.

Una de las publicaciones se registró a las 10:09 de la mañana y posteriormente a las 23 horas se cambió la iniciativa que ya había sido aprobada para hacer modificaciones al dictamen en materia de transferencia de votos y a la llamada cláusula de vida “eterna” para el registro de partidos políticos.

Por lo anterior, los ministros concluyeron que sí se violó el principio de deliberación democrática en el Poder Legislativo, así como varios procedimientos legislativos, por lo que se invalidó la totalidad de la norma impugnada por las minorías parlamentarias y el Instituto Nacional Electoral.

(Con información de Aristegui Noticias)

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